La ministra de Trabajo, Verónica Navia, informó ayer que la reducción de la brecha salarial entre mujeres y hombres, particularmente en el sector privado, es una tarea prioritaria, pendiente e histórica que será encarada con fortaleza y decisión desde su despacho y en cumplimiento del Decreto Supremo 4401.


“Hay mandatos constitucionales que han quedado pendientes incluso desde anteriores gestiones, tenemos por ejemplo la reducción de la brecha salarial que por mandato constitucional será trabajado desde este despacho”, afirmó Navia.

El precepto aprobado en la última reunión de gabinete, al recordar el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres, es fruto de una larga lucha de organizaciones femeninas vinculadas a la Alianza de Organizaciones Sociales de Mujeres por la Despatriarcalización y la Revolución Democrática y Cultural, entre otras.

El desafío también estará dirigido a la promoción de la incorporación a espacios laborales y de liderazgo, dos aspectos que aún están limitados para las mujeres.

Sobre el tema, Navia explicó que en los años 80, con la política de privatización y relocalización implantada por el neoliberalismo, las mujeres con su mano de obra pasaron a ser parte de la población económicamente activa.

El artículo 1 del Decreto Supremo N° 4401, del 25 de noviembre de 2020, establece que esta norma «tiene por objeto impulsar medidas para la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la remuneración y el trato igualitario en el trabajo entre mujeres y hombres, con el fin de contribuir en la eliminación de la brecha salarial».
Asimismo, el artículo 2 precisa que este decreto será de aplicación «en los Órganos del Estado Plurinacional, instituciones que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y del Estado, entidades territoriales autónomas, universidades públicas, empresas públicas, instituciones financieras bancarias y no bancarias, instituciones públicas de seguridad social y empresas estatales constituidas como Sociedad Anónima Mixta-S.A.M. y aquellas en las que el Estado tenga mayoría accionaria»; además de las personas naturales y jurídicas del sector privado, que tengan carácter de empleadora o empleador.
En tanto, la disposición final única aclara que la aplicación de esta normativa no implicará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación (TGN).

La aplicación de este mandato constitucional, que es de cumplimiento obligatorio, estará fiscalizada desde las jefaturas e inspectorías departamentales y regionales del Ministerio de Trabajo, puesto que la violencia contra las mujeres no solo se genera en espacios familiares, sino también en los laborales.

“La independencia económica es un aspecto importante para luchar contra la violencia física, sexual y psicológica de las mujeres”, sostuvo la titular de Trabajo.